En primer lugar, la garantía legal de la prótesis dental tiene un máximo de dos años, según establece el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias. Por lo tanto no tiene ya garantía alguna.
En segundo lugar no puede confundir una garantía legal por defecto de fabricación con un seguro a todo riesgo. En efecto, según nos cuenta, la rotura de su prótesis se produce por una caída de la misma lo cual implica un mal uso por su parte y no por un defecto de fabricación que es lo único que cubre la garantía legal.
Debido a lo anterior lo que le indican en la clínica es totalmente acertado.


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