Le debemos indicar que cualquier profesional puede, en principio, rechazar la realización de una obra o servicio. Al igual que un protésico dental puede rechazar la realización de un trabajo propuesto, un abogado un caso, un arquitecto una obra y un médico privado un tratamiento, también un odontólogo puede rechazar la realización den un tratamiento odontológico.
En estos asuntos rige la libertad de pacto entre pacientes o consumidores y profesionales, y no se puede obligar a nadie a que realice un trabajo que no quiere aceptar. La contrapartida es el derecho del paciente a contratar a cualquier otro profesional que acepte sus condiciones.
No obstante este es un Colegio Profesional de Protésicos Dentales y no de Odontólogos, por lo que puede consultar con el Colegio de Odontólogos correspondiente a la región en la que radique el dentista de que se trate.


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