La garantía de las prótesis dentales se regula en los artículos 118 y siguientes del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.
Aunque la garantía para reparar los defectos de fabricación tiene una duración de dos años, la Ley prevé que aquellos defectos que se produzcan dentro de los seis primeros meses se presumen que se deben a un defecto de fabricación salvo que el fabricante pruebe que no existe tal defecto, cuestión que a veces es bastante difícil.
Debido a lo anterior, usted tiene perfecto derecho a reclamar a la clínica que le reparen y dejen en perfectas condiciones su corona a cargo de la garantía del fabricante y de no ser posible esto, le fabriquen una nueva sin costo. Inicialmente es el fabricante el que decide como reparar el producto sin que el consumidor pueda exigir la fabricación de uno nuevo, salvo que la reparación no fuera adecuada.
Nuestro primer consejo es que si todavía no lo hubiera hecho, solicite la declaración de conformidad de su corona que todo laboratorio de prótesis con licencia sanitaria debe expedir. Este documento es importante porque determina quién es el fabricante y otros aspectos esenciales que le pueden servir en orden a las reclamaciones oportunas.
En segundo lugar debería requerir por escrito, tanto a la clínica como al laboratorio, para que el laboratorio le repare, o en su caso fabrique una nueva corona bajo apercibimiento de denunciar los hechos a Consumo y posiblemente también a los Colegios de Odontólogos y/o Protésicos Dentales correspondientes.


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