En relación a su consulta le tenemos que manifestar lo siguiente: Las prótesis dentales de carácter duradero tienen una garantía de 2 años por ley. Sin embargo es muy importante que usted sepa que dicha garantía SOLAMENTE ENTRA EN FUNCIONAMIENTO POR DEFECTO DE FABRICACIÓN y no por mal uso o defecto del tratamiento realizado en la clínica dental.

Por otra parte tiene que saber que cuando existe un problema con una prótesis dentro de los 6 primeros meses existe una presunción legal de la existencia de un defecto de fabricación, salvo que el fabricante pruebe que no existía ese defecto de fabricación y que los problemas obedecen a otra causa ajena al proceso de elaboración. En su caso, sea por el motivo que fuere (parece que por indicación del dentista) usted dejó escapar el plazo de dos años para reclamar la garantía de la prótesis y ya solamente por ese motivo ya le indicamos que el protésico dental que le fabricó la prótesis no estaría obligado a aplicar garantía alguna, aun en el supuesto de que hubiera existido defecto de fabricación, cuestión que por otra parte dudamos dadas las circunstancias del caso. Decimos esto porque a veces el defecto está en el tipo de tratamiento realizado por el Odontólogo y no por una defectuosa fabricación. No obstante este es un Colegio Profesional de Protésicos Dentales y no de Odontólogos motivo por el cual no vamos a entrar en la posible responsabilidad del mismo por no ser dicho asunto de nuestra competencia.

Lo que si le aconsejamos es que solicite a la clínica dental que la atendió, si no se lo hubieran dado ya, la correspondiente declaración de conformidad, pues así usted podría tener los datos del fabricante y otros de interés como por ejemplo saber si el protésico dental tenía licencia sanitaria de funcionamiento y la fabricación fue realizada por un laboratorio legal.