Lo primero que tendrá que determinar es si la prótesis dental se halla en periodo de garantía o no, cuestión que no indica. Sobre el plazo para reclamar la garantía es de dos años en el supuesto de prótesis de carácter duradero. Si el defecto se produce dentro de los primeros 6 meses se presume que existe un defecto de fabricación pero trascurrido dicho periodo es usted la que deberá probar que existe dicho defecto de fabricación.

La segunda cuestión a tener en cuenta reside en que la garantía no es de carácter objetivo, o sea que se requiere un defecto de fabricación por lo que el mal uso de terceros o suyo propio el que haya podido causar la rotura de su prótesis invalida la garantía (manipulación indebida por el odontólogo al adaptarla o utilización indebida por su parte).

En tercer lugar le indicamos que cualquier reparación de la prótesis dental ya sea en garantía o fuera de ella requiere la prescripción de un odontólogo como establece el artículo 2 de la Ley 10/1986 reguladora de la profesión de los odontólogos, protésicos e higienistas dentales.

Debido a todo lo indicado primero deberá solicitar a un odontólogo que le realice la prescripción y luego deberá solicitar al protésico dental que aplique la garantía en la reparación el cual en función del estudio de la rotura y demás circunstancias determinara si es de aplicación o no la garantía.

Dado que manifiesta que tiene el nombre de la calle donde tiene el laboratorio el protésico le aconsejamos se dirija al mismo personalmente y solicite la declaración de conformidad de su prótesis dental en la cual vienen los datos del laboratorio. En caso de negativa puede interponer la denuncia correspondiente en la Consejería de Sanidad de Madrid.